El Gobierno aprueba la Reforma de la Ley de Montes
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El Gobierno aprueba la Reforma de la Ley de Montes

sábado 10 de enero de 2015, 19:48h

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El Consejo de Ministros aprobó la reforma de la Ley de Montes con el fin de mejorar la gestión para contribuir a la conservación de la biodiversidad, la prevención de los incendios forestales, la lucha contra el cambio climático y el aprovechamiento económico de sus recursos.

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La ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el proyecto aprobado sienta las bases para la elaboración y adopción de una Estrategia Nacional de Gestión Cinegética, en colaboración con las comunidades autónomas, así como un Registro Nacional de Infractores de Caza y Pesca, que facilitará la implantación del mecanismo de reconocimiento mutuo de licencias de caza entre comunidades autónomas.

Tejerina avanzó que "en la próxima temporada de caza" se podrá ejercer esta actividad con una única licencia interautonómica en las comunidades autónomas que hayan acordado el reconocimiento mutuo para cazar con un único documento, algo "muy demandado por los cazadores" y que podría ocurrir en Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad de Madrid y Extrremadura, y a lo que podrán adherirse después Aragón, Asturias y Galicia.

El proyecto de ley (que modifica la norma vigente, de 2006) clarifica que un monte abarca toda superficie que no sea urbana o agrícola. Tejerina indicó que el texto incluye una "clasificación más clara y concreta" de los montes según su titularidad (si son públicos o privados) o, según desempeñen un servicio público, si están afectados o no por un interés general.

Los montes públicos que cumplen una función de interés general integran el Dominio Público Forestal y pueden ser montes de utilidad pública, montes comunales u otros que hayan sido afectados a un uso o servicio público.

Si son privados y cumplen una función de interés general, se declaran protectores, esto es, montes privados que cumplen alguna de las condiciones que se exige a los montes públicos para declararse de utilidad pública, con lo que se amplía el concepto vigente.

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