Esta medida se aplicará en los sectores de hostelería, restauración y catering y entrará en vigor el 1 de enero de 2014.
Con esta nueva norma, los restaurantes, hosteleros y caterings tendrán que ofrecer a sus clientes aceites que estén envasados con su etiqueta correspondiente y en recipientes que solo permitan un uso y no puedan ser rellenados. La norma será efectiva a partir del 1 de enero de 2014, aunque estos establecimientos podrán utilizar los productos que hayan adquirido con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto y hasta el 28 de febrero del 2014.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha propuesto esta medida que está vinculada con el “Plan de acción sobre el sector del aceite de oliva en la Unión Europea”; con ella se pretende estimular el sector del aceite de oliva y mejorar la competitividad del mismo, además de mejorar la calidad y la autenticidad del aceite, así la imagen de este producto.
El sector de la hostelería, por su parte, se ha mostrado molesto ante una medida que califican de ser injusta y de suponer un derroche. Además, han apuntado el problema medioambiental que supondría la fabricación y destrucción de estos envases.